A continuación os transcribimos parte del mensaje recibido desde el Consejo General en relación a este asunto. Ante las dudas que la interpretación de esta ley puede ocasionar, el Consejo general solicitó una aclaración al Ministerio de Justicia, pero la repuesta recibida no arroja demasiada luz. Por tanto no queda más que recomendar solicitar dicho certificado a todos aquellos que habitualmente tratéis con menores.
Estimados compañeros,
Adjunto remitimos un pequeño informe sobre la Ley 26/2015, de 28 de julio, a través de la cual se crea el Registro de Delincuentes sexuales y que afecta a todos los trabajadores y profesionales que presten servicios en contacto habitual con menores y que se verán obligados, a partir de ahora, a acreditar no haber estado condenados por delitos contra la libertad y la indemnidad sexual, a través de un certificado negativo.