Responsable Sanitario en clínicas dentales: más consideraciones
Hemos recibido en el Colegio varias llamadas a raíz de la información enviada en un boletín anterior sobre la figura del Responsable Sanitario.
En resúmen, el Responsable Sanitario deberá de responder ante cualquier disfunción detectada en la organización, gestión y funcionamiento del centro dental en todo lo concerniente a la actividad sanitaria.
Figurar como Responsable Sanitario de una clinica en la que únicamente se ejerce de manera esporádica (un día o dos a la semana) no está prohibido pero no parece lógico.
Como ejemplo práctico, en el caso de una reclamación que llega a este Colegio de un paciente que ha sido atendido en una clínica por más de un profesional, la interlocución de la Comisión Deontológica del Colegio se haría preferentemente a través del Responsable Sanitario de la clínica.
Y si el profesional objeto de la reclamación ya no trabaja en la clínica, la interlocución de la Comisión Deontológica del Colegio se haría a través del profesional, pero también a través del Responsable Sanitario de la clínica.