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Actualidad Colegial

Uso de toxina botulínica (Botox) en las consultas: información relevante.

Hasta esta fecha, el criterio en vigor que se ha transmitido era que únicamente podía utilizarse la toxina botulínica por los odontólogos, para las aplicaciones terapéuticas que se encuentran incluidas en la ficha técnica del medicamento concreto autorizada por la AEMPS. En la práctica, ello impedía su uso para tratar casos de ATM, bruxismo etc, dado que tales aplicaciones terapéuticas no se encuentran incluidas en las fichas técnicas de medicamentos con toxina botulínica autorizados por la AEMPS.
Por otra parte, el Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que se regula la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales, autorizaba a los médicos para el uso de medicamentos para aplicaciones no recogidas en la ficha médica. Tras una gestión realizada por el Consejo General, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), ha confirmado que dicho decreto, a pesar que solo hace referencia al término “médico”, se hace extensible a todos los profesionales sanitarios con atribuciones para prescribir medicamentos y productos sanitarios, entre los que se encuentran los dentistas.
Por tanto, en atención a esta interpretación del Real Decreto 1015/2009, se produce un importante cambio de criterio, por lo que aquéllos dentistas que cuenten con las competencias adecuadas, podrían utilizar la toxina botulínica en zonas del ámbito de actuación del dentista, para situaciones distintas a las recogidas en la ficha técnica, y por tanto, podrán usarse para casos de ATM, bruxismo y rechinamiento, dolores oro-faciales, sonrisas gingivales, entre otros, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos:
– Justificar este uso en la historia clínica
– Informar adecuadamente al paciente y obtener su consentimiento
– Tendrá carácter excepcional y se limitará a las situaciones en las que se carezca de alternativas terapéuticas autorizadas para un determinado paciente, respetando en su caso las restricciones que se hayan establecido ligadas a la prescripción y/o dispensación del medicamento y el protocolo terapéutico asistencial del centro sanitario
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