Boletín
Actualidad Colegial

Reglamento electrotécnico de Baja Tensión: ¿aplicable o no a clínicas dentales?

Bastantes compañeros habéis recibido un e-mailing de una empresa OCA (Organismo de Control Autorizado) en el que se entiende que las clínicas dentales deben de ser inspeccionadas periódicamente para certificar el cumplimiento de dicho reglamento.

Tras estudiar la situación, os comunicamos que:

 

El reglamento sería de aplicación si se considerara a las clínicas dentales «quirófanos o salas de intervención», o si las clínicas dentales fueran «locales de pública concurrencia». Dicho esto,

 

  • En su día se argumentó desde el Consejo General y ante el Departamento de Industria que las clínicas dentales en su gran mayoría no debían de ser consideradas ni quirófanos ni salas de intervención, y la argumentación fue aceptada.
  • Para ser un local de pública concurrencia, éste debe de tener un aforo para al menos 50 personas, lo que equivale a una sala de espera de al menos 40 m2.
Volver

Noticias relacionadas

Volver