Abierto el plazo para solicitar la devolución de cuotas de Seguridad Social por doble cotización
Posiblemente os llegue esto mismo desde vuestra Gestoría, en todo caso lo enviamos también desde el Colegio:
Según se regula en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 (Ley 26/2009 de 23 de diciembre), los trabajadores autónomos que hayan cotizado a la Seguridad Social como autónomos y, al mismo tiempo, en el Régimen General por una cuantía igual o superior a los 10.752 €, tienen derecho a la devolución del 50% de la cantidad que exceda la mencionada cuantía.
La cantidad máxima que podrá ser devuelta a los trabajadores será el 50% de las cuotas ingresadas en el Régimen Especial, en razón de su cotización por las contingencias comunes de cobertura obligatoria.
La devolución se realizará a instancia del interesado y deberá solicitarla durante los cuatro primeros meses de 2011.
Pasos a seguir para solicitar las devoluciones:
1. Solicitar Certificados de Cotizaciones en el teléfono: 901 502 050
2. Entregar rellenada la solicitud de ingresos indebidos
(Impreso TC 13/1) en la Tesorería de la Seguridad Social
Plazo para entregar la solicitud: Entre enero y abril de 2011
Pincha aquí para descargarte el Impreso TC13/1