Boletín
Actualidad Colegial

Registro Estatal de Profesionales Sanitarios

El RD 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, en su Artículo 6, establece que los Centros Sanitarios Privados inscritos en el Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (REGCESS), están obligados a comunicar los datos de los profesionales sanitarios y de los profesionales del  área sanitaria de formación profesional incluidos en sus registros.

En septiembre del 2017, se publicó una Orden que desarrolla el RD citado, dando un plazo de un año para que los centros sanitarios privados envíen la información.
Dicha información debía enviarse vía telemática a través de un portal web llamado portal REPS, habilitado por el Ministerio de Sanidad.
Desde el Colegio, hemos estado esperando a que el ministerio habilitara ese portal, para poder efectuar alguna prueba y así poder asesoraros de la mejor manera posible en el proceso de introducción de esos datos.

Sin embargo, hemos tenido conocimiento de que las clínicas están recibiendo correos electrónicos desde el Ministerio, presentando un procedimiento de introducción de datos que pretende no tener que esperar a que el portal web REPS esté habitidado.
Hemos contactado con el ministerio, y nos confirman que han tenido que poner en marcha este procedimiento alternativo, dado que el desarollo del portal REPS va con retraso y no pueden esperar a que esté operativo, ya que se corre el riesgo de no poder recabar los datos en la fecha límite establecida en la Orden.

Intentamos a continuación explicar de la mejor forma posible lo que ese mail del ministerio está solicitando. Al final de este mensaje podéis acceder al texto íntegro que se está recibiendo en los centros.

El Ministerio quiere que cada centro designe a un responsable para que éste posteriormente sea quien vaya a comunicar los datos de los profesionales sanitarios y de los profesionales del  área sanitaria de formación profesional.
Ese responsable puede ser cualquiera que la clínica designe. No tiene porqué ser el dueño, ni tiene porqué ser un profesional sanitario.
La manera de comunicar al Ministerio los datos de ese contacto es a través de este formulario en pdf editable, que se debe enviar por email a la dirección  reps@mscbs.es. Esa dirección sirve también para trasladar dudas, y será la única manera, ya que no van a facilitar ningún teléfono de contacto
Sin embargo, exigen que se cumplimente por ordenador, cumplimentando todos los campos, y que se firme mediante certificado electrónico. No vale editarlo y firmarlo a mano, y luego escanearlo.

Aquí os informamos de 3 aspectos de interés:

  • Firma mediante certificado electrónico:
  • Puede ser mediante una tarjeta Izenpe, o un DNI electrónico. Para quien no tenga aún ninguno, lo más sencillo es habilitar la firma electrónica del DNI. Para ello, basta con dirigirse a cualquier comisaría en la que se expiden los DNIs. En ellas, hay una máquina en la que se introduce el DNI, y el sistema te guía habilitando la firma electrónica en el documento, con la clave que el usuario indique. Es un proceso que no lleva más de 2 minutos y no requiere cita previa. Luego, hace falta también un lector de tarjetas digitales con conexión usb (en venta en muchas tiendas físicas o virtuales). También hay otras formas de usar el DNIe para firmar digitalmente, tal y como se explica aquí.
  • Programas para editar un pdf y poder firmarlo digitalmente: Hay muchas opciones gratuitas: Adobe reader, LibreOffice Draw,…
  • Cómo firmar digitalmente un documento en pdf: hay muchos tutoriales en Youtube, y el proceso depende de qué programa se emplee. A través de este enlace, podéis acceder a un sencillo tutorial para firmar mediante el programa Acrobat Reader. Hemos comprobado que el proceso es muy sencillo con el programa gratuito Adobe Acrobat DC.

Una vez que el Ministerio reciba ese formulario de cada centro, se pondrá en contacto con cada uno de los responsables designados para darle las indicaciones sobre cómo poder aportar la información de los profesionales sanitarios requerida por el Real Decreto.

Texto íntegro enviado por e-mail desde el ministerio a los centros privados:

Buenos días,

El RD 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, en su Artículo 6, establece que los Centros Sanitarios Privados inscritos en el Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (REGCESS), están obligados a comunicar los datos de los profesionales sanitarios y de los profesionales del  área sanitaria de formación profesional incluidos en sus registros.

Con motivo de la publicación de la Orden SSI/890/2017, de 15 de septiembre, por la que se desarrolla el RD citado, se ha publicado información básica en la Web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (MSSSI), que se irá actualizando a medida que avance la puesta en marcha del Registro. No obstante, nos ponemos en  contacto con ustedes para ampliar dicha información y facilitarles los trámites.

Próximamente, el portal REPS tendrá habilitado un formulario para que el representante de su centro pueda darse de alta. Hasta que el formulario esté disponible dentro del portal REPS, podrán darse de alta cumplimentando el formulario de inscripción adjunto y enviándolo a reps@mscbs.es, teniendo en cuenta como requisitos imprescindibles que:

–          El documento será cumplimentado sobre el original que han recibido. No serán válidos los documentos manuscritos y posteriormente escaneados.
–          Deberán aparecer cumplimentados todos los campos, incluida la casilla de confirmación sobre la veracidad de los datos facilitados.
–          El documento deberá estar firmado únicamente mediante certificado electrónico.

De este modo, podremos tramitar su alta y facilitarle el acceso a la aplicación del REPS, cuando esté disponible.
Una vez dado de alta, el representante podrá autorizar a otras personas el acceso a la plataforma. Su entidad dispondrá hasta el 23 de septiembre de 2018, para enviar toda la información relativa a sus profesionales sanitarios, información que deberá ser actualizada regularmente (las modificaciones deberán notificarse al REPS en un plazo máximo de 7 días).
La documentación adjunta incluye los manuales de usuario. El fichero Excel que necesitarán para la carga de los datos estará disponible para descargar en el portal REPS, una vez esté habilitado.
Para cualquier duda o incidencia en relación al presente correo, no duden en contactar con nosotros a través de reps@mscbs.es .

Muchas gracias por su colaboración.

Un saludo,

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