Boletín
Actualidad Colegial

Subida del IVA a partir del 1 de setiembre

En relación con la subida del IVA que tendrá lugar a partir del próximo 1 de septiembre, y a modo de resúmen, os comentamos lo siguiente:

Todos los servicios se mantienen dentro del grupo en el que ya estaban (general, reducido o superreducido), con la particularidad de que los tipos de IVA de cada grupo han aumentado:

  • Aquellos que estaban dentro del tipo general, pasan del 18% al 21%.
  • Aquellos que estaban dentro del tipo reducido, pasan del 8% al 10%.
  • Aquellos que estaba dentro del tipo superreducido se mantienen al 4%.

No obstante, el Real Decreto 20/2012 introduce una modificación y es que la asistencia sanitaria dental que no goce de exención cambiaría de grupo, pasando del tipo reducido al tipo general (21%).
Se trata de los servicios que el dentista preste sin fines sanitarios. En este sentido, se ha pronunciado la Dirección General de Tributos estableciendo como ejemplos los siguientes:

  • Informes periciales emitidos a petición de persona física o jurídica en el que se haga constar los antecedentes del paciente como las secuelas físicas que persistan en la fecha del alta.
  • Informe sin exploración clínica, donde en base a una serie de pruebas, se realice una valoración del daño corporal.
  • Asistencia a Juzgados para ratificación de informes periciales.

Los aparatos de radiovisiografía, suben al 10% ya que, como hemos comentado en el apartado anterior, se trata de productos sanitarios, material e instrumental empleados para prevenir y diagnosticar enfermedades.

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